GRUPO 221. SIDERURGIA INTEGRAL.
Cuota de: Por cada obrero: 104 pesetas. (0,625053 euro)Por cada kw.: 166 pesetas. (0,997680 euro)
NOTA: Este grupo comprende la obtención de productos siderúrgicos laminados en caliente o en frío, y sus derivados, a partir de mineral de hierro como materia prima, mediante la utilización de hornos altos y acerías al oxígeno.Se incluyen en este grupo la obtención de arrabio, las ferroaleaciones de horno alto y las coquerías siderúrgicas que no puedan clasificarse por separado.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:Epígrafe 221.1.- Productos siderúrgicos primarios o de cabecera.
Epígrafe 221.2.- Acero bruto.
Epígrafe 221.3.- Semiproductos.
Epígrafe 221.4.- Productos laminados en caliente.
Epígrafe 221.5.- Productos laminados en frío.
Epígrafe 221.6.- Productos derivados de los anteriores, incluidos los especificados en el Grupo 223
Epígrafe 221.7.- Otros productos y subproductos.
GRUPO 222. SIDERURGIA NO INTEGRAL.
Cuota de: Por cada obrero: 98 pesetas. (0,588992 euro)Por cada Kw: 122 pesetas. (0,733235 euro)
NOTA: Este grupo comprende la obtención de productos siderúrgicos laminados en caliente o en frío, y sus derivados, a partir de chatarra como materia prima, mediante la utilización de acerías eléctricas. A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:
Epígrafe 222.1.-Acero bruto.
Epígrafe 222.2.- Semiproductos.
Epígrafe 222.3.- Productos laminados en caliente.
Epígrafe 222.4.- Productos laminados en frío.
Epígrafe 222.5.- Productos derivados de los anteriores, incluidos los especificados en el Grupo 223.
Epígrafe 222.6.- Otros productos y subproductos.GRUPO 223. FABRICACION DE TUBOS DE ACERO.
Cuota de:Por cada obrero: 104 pesetas. (0,625053 euro)
Por cada kw.: 207 pesetas. (1,244095 euros)
NOTA: Este grupo comprende la fabricación de tubos de acero soldado o sin soldar, revestidos o sin revestir; el estirado de tubos de acero o la fabricación de tubos, empalmes, cajas, juntas, etc., de acero para conductores eléctricos. Se incluye también en este grupo la laminación en caliente de tubos de acero.A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:
Epígrafe 223.1.- Productos tubulares (tubos y perfiles huecos) de acero sin soldadura. Epígrafe 223.2.- Productos tubulares de acero soldados longitudinalmente.
Epígrafe 223.3.- Productos tubulares de acero soldados helicoidalmente.
Epígrafe 223.4.- Accesorios para tuberías (excepto de fundición).
GRUPO 224. TREFILADO, ESTIRADO, PERFILADO, LAMINADO EN FRIO DEL ACERO.
Cuota de:Por cada obrero: 104 pesetas. (0,625053 euro)
Por cada kw.: 207 pesetas. (1,244095 euros)
NOTA: Este grupo comprende el estirado en frío del acero; laminación en frío del fleje de acero; laminación de perfiles por conformación o plegado en frío de productos planos de acero y trefilado del acero. A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:
Epígrafe 224.1.- Alambre de acero.
Epígrafe 224.2.- Productos calibrados por estirado.
Epígrafe 224.3.- Productos calibrados por descortezado (torneado).
Epígrafe 224.4.- Productos calibrados por rectificado.
Epígrafe 224.5.- Perfiles conformados en frío.
Epígrafe 224.6.- Fleje laminado en frío.
Epígrafe 224.7.- Fleje magnético laminado en frío.
Epígrafe 224.8.- Fleje recubierto.
GRUPO 225. PRODUCCION Y PRIMERA TRANSFORMACION DE METALES NO FERREOS.
Epígrafe 225.1.- Producción y primera transformación del aluminio.
Cuota de: Por cada obrero: 135 pesetas. (0,811366 euro)
Por cada kw.: 373 pesetas. (2,241775 euros)
NOTA: Este epígrafe comprende la obtención de aluminio de primera fusión (a partir de minerales, desperdicios, restos, cenizas y residuos); obtención de aluminio de segunda fusión (por fusión); obtención de aleaciones de aluminio fuera de la siderurgia (aluminotermia) así como la primera transformación del aluminio y sus aleaciones mediante laminación, estirado, trefilado, extrusión, etc.
Epígrafe 225.2.- Producción y primera transformación del cobre.
Cuota de:Por cada obrero: 135 pesetas. (0,811366 euro)
Por cada kw.: 373 pesetas. (2,241775 euros)
NOTA: Este epígrafe comprende la obtención de cobre bruto a partir de minerales (blíster y otros); cobre electrolítico; cobre de afino térmico; cobre de segunda fusión; aleaciones de cobre así como la primera transformación del cobre y sus aleaciones mediante laminación, estirado, trefilado, extrusión, etc.
Epígrafe 225.9.- Producción y primera transformación de otros metales no férreos n.c.o.p.
Cuota de:Por cada obrero: 135 pesetas. (0,811366 euro)
Por cada kw.: 207 pesetas. (1,244095 euros)
NOTA: Este epígrafe comprende la producción y primera transformación de metales no férreos, tales como zinc, plomo, estaño, antimonio, bismuto, wolframio, mercurio, oro, plata, etc. Abarca la obtención por primera y segunda fusión, así como la primera transformación mediante laminación, estirado, trefilado, extrusión, etc. y las aleaciones de estos metales.
Me pude informar de mucho gracias a sus artículos ya que yo trabajo con metales saludos cordiales.
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