Agrupación 48. Industrias de transformación del caucho y materias plásticas.

DIVISION 4. OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS.


GRUPO 481. TRANSFORMACION DEL CAUCHO.

Epígrafe 481.1.- Fabricación de cubiertas y cámaras.

Cuota de:
Por cada obrero: 787 pesetas. (4,729965 euros)
Por cada Kw: 1.191 pesetas. (7,158054 euros)
NOTA: Este epígrafe comprende la fabricación de cámaras y cubiertas para automóviles, motocicletas, camiones, autobuses, aeronaves, tractores, vehículos industriales, bicicletas, etc.

Epígrafe 481.2.- Recauchutado y reconstrucción de cubiertas.

Cuota de:
Por cada obrero: 787 pesetas. (4,729965 euros)
Por cada Kw: 1.191 pesetas. (7,158054 euros)
NOTA: Este epígrafe comprende el recauchutado y reconstrucción total de cubiertas de todas clases.

Epígrafe 481.9.- Fabricación de otros artículos de caucho n.c.o.p.

Cuota de:
Por cada obrero: 787 pesetas. (4,729965 euros)
Por cada Kw: 1.191 pesetas. (7,158054 euros)
NOTA: Este epígrafe comprende la fabricación de artículos de caucho no especificados en otros epígrafes y abarca la manipulación del caucho natural, la regeneración del caucho, fabricación de correas y tubos, de colas y disoluciones, de alfombras y revestimientos de suelos, de derivados del caucho (ebonita), de calzado, tacones y suelas de caucho, artículos higiénicos y de cirugía, tejidos cauchutados, prendas de vestir, guantes y otros artículos a base de tejido cauchutado soldado o vulcanizado (no cosido), colchones de caucho, lanchas y artículos de deporte, camping y juguetes, etc.

GRUPO 482. TRANSFORMACION DE MATERIAS PLASTICAS.

Epígrafe 482.1.- Fabricación de productos semielaborados de materias plásticas.

Cuota de:
Por cada obrero: 777 pesetas. (4,669864 euros)
Por cada Kw: 891 pesetas. (5,355018 euros)
NOTA: Este epígrafe comprende la fabricación de productos semielaborados de materias plásticas tales como hilos, placas, láminas, tubos, etc.; así como el regenerado de dichas materias plásticas y la fabricación de materias primas celulósicas.

Epígrafe 482.2.- Fabricación de artículos acabados de materias plásticas.

Cuota de:
Por cada obrero: 777 pesetas. (4,669864 euros)
Por cada Kw: 891 pesetas. (5,355018 euros)
NOTA: Este epígrafe comprende la fabricación por moldeado, extrusión, etc., de artículos acabados en materias plásticas tales como vajilla, servicio de mesa y otros artículos de cocina y para el hogar; esteras, alfombras, cubre-suelos y revestimientos; tripas sintéticas; envases y recipientes; aisladores y material aislante; calzado de material plástico; muebles y suministros industriales; artículos sanitarios, embarcaciones y otros artículos de deporte obtenidos por moldeo o extrusión; monturas de gafas y otro material plástico para óptica, fotografía y cinematografía, etc.

CONSULTAS




JURISPRUDENCIA




No hay comentarios:

Publicar un comentario