GRUPO 021. EXPLOTACION EXTENSIVA DE GANADO OVINO.
Cuota de 42 pesetas por cabeza. (0,252425 euro)GRUPO 022. EXPLOTACION INTENSIVA DE GANADO OVINO DE CRIA.
Cuota de 52 pesetas por cabeza reproductora. (0,312526 euro)GRUPO 023. EXPLOTACION INTENSIVA DE GANADO OVINO DE CEBO.
Cuota de 26 pesetas por cabeza. (0,156263 euro)GRUPO 024. EXPLOTACION DE GANADO CAPRINO
Cuota de 35 pesetas por cabeza. (0,210354 euro)
NOTA COMUN A LA AGRUPACION 02: Los animales nacidos en la explotación y hasta la edad de tres meses no se computarán en los grupos de esta agrupación, y su rendimiento se considera incluido en el asignado al ganado reproductor.
NOTAS COMUNES A LA DIVISION 0:
1ª. Si el importe total de las cuotas correspondientes a las actividades clasificadas en esta División, ejercidas en la misma explotación, fuese inferior a 6.210 pesetas (37,32 euros), el sujeto pasivo tributará por cuota cero.
2ª. Cuando la actividad ganadera se ejerza en el régimen denominado “ganadería integrada”, las cuotas correspondientes serán satisfechas por el “ganadero integrador” o dueño del ganado.
3ª. A efectos de esta División se entenderá extensiva la explotación realizada con disposición total o parcial de una base territorial con aprovechamiento de pastos o prados para alimentar el ganado.
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