GRUPO 011. EXPLOTACION EXTENSIVA DE GANADO BOVINO.
Cuota de 161 pesetas por cabeza. (0,967629 euro)GRUPO 012. EXPLOTACION INTENSIVA DE GANADO BOVINO DE LECHE.
Cuota de 321 pesetas por cabeza. (1,929249 euros)GRUPO 013. EXPLOTACION INTENSIVA DE GANADO BOVINO DE CEBO.
Cuota de 161 pesetas por cabeza. (0,967629 euro)
NOTA COMUN A LA AGRUPACION 01: Los animales nacidos en la explotación y hasta la edad de seis meses no se computarán en los grupos de esta agrupación, y su rendimiento se considera incluido en el asignado al ganado reproductor.
NOTAS COMUNES A LA DIVISION 0:
1ª. Si el importe total de las cuotas correspondientes a las actividades clasificadas en esta División, ejercidas en la misma explotación, fuese inferior a 6.210 pesetas (37,32 euros), el sujeto pasivo tributará por cuota cero.
2ª. Cuando la actividad ganadera se ejerza en el régimen denominado “ganadería integrada”, las cuotas correspondientes serán satisfechas por el “ganadero integrador” o dueño del ganado.
3ª. A efectos de esta División se entenderá extensiva la explotación realizada con disposición total o parcial de una base territorial con aprovechamiento de pastos o prados para alimentar el ganado.
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